Por: Guillermo Peña
Es indignante y vergonzoso para nuestro país que existan bares y discotecas que discriminen, pero más irritante es el silencio y la complicidad de las autoridades.
La discriminación social es más frecuente que la racial en éstos establecimientos, porque cuando una persona de color asiste a alguno de los bares, y se le nota vestimenta a la moda o un carro lujoso, le abren las puertas sin cuidado, de lo contrario comienzan las excusas como: “es una fiesta privada”, “¿Tienen invitaciones?”, “no se puede entrar en jeans, ni tenis” o simplemente “no puede entrar”.
La embajada estadounidense ha prohibido a sus empleados que frecuenten aquellos lugares, aquí caso omiso le han hecho las autoridades a las constantes denuncias de discriminación en bares nocturnos.
Justificar estas discriminaciones es obviar la dignidad humana y el derecho de no- discriminación consagrado en la Constitución Dominicana y en varios Tratados Internacionales, entre los que cabe destacar: La Declaración Universal de los Derechos del Hombre de 1948, Declaración Universal de los Derechos Humanos, Convención Americana de los Derechos Humanos y la Convención Internacional sobre eliminación de todas las formas de Discriminación Racial, todas firmadas por nuestros congresistas. Además el Código Penal Dominicano, en su artículo 336 condena la discriminación.
Las constituciones más actualizadas prohíben de manera expresa la discriminación, sustentándose en la igualdad de todos ante la ley.
Es oportuno incluir en la reforma que se avecina un artículo que sancione a los establecimientos comerciales que discriminen.
Uno de los derechos fundamentales es la no- discriminación, por razón de nacimiento, sexo, raza o cualquier condición personal o social. Es hora de sancionar éstos establecimientos. No podemos quedarnos callados ante el abuso. No seamos cómplices de estas actuaciones, no hay excusas que valgan para discriminar.
Es indignante y vergonzoso para nuestro país que existan bares y discotecas que discriminen, pero más irritante es el silencio y la complicidad de las autoridades.
La discriminación social es más frecuente que la racial en éstos establecimientos, porque cuando una persona de color asiste a alguno de los bares, y se le nota vestimenta a la moda o un carro lujoso, le abren las puertas sin cuidado, de lo contrario comienzan las excusas como: “es una fiesta privada”, “¿Tienen invitaciones?”, “no se puede entrar en jeans, ni tenis” o simplemente “no puede entrar”.
La embajada estadounidense ha prohibido a sus empleados que frecuenten aquellos lugares, aquí caso omiso le han hecho las autoridades a las constantes denuncias de discriminación en bares nocturnos.
Justificar estas discriminaciones es obviar la dignidad humana y el derecho de no- discriminación consagrado en la Constitución Dominicana y en varios Tratados Internacionales, entre los que cabe destacar: La Declaración Universal de los Derechos del Hombre de 1948, Declaración Universal de los Derechos Humanos, Convención Americana de los Derechos Humanos y la Convención Internacional sobre eliminación de todas las formas de Discriminación Racial, todas firmadas por nuestros congresistas. Además el Código Penal Dominicano, en su artículo 336 condena la discriminación.
Las constituciones más actualizadas prohíben de manera expresa la discriminación, sustentándose en la igualdad de todos ante la ley.
Es oportuno incluir en la reforma que se avecina un artículo que sancione a los establecimientos comerciales que discriminen.
Uno de los derechos fundamentales es la no- discriminación, por razón de nacimiento, sexo, raza o cualquier condición personal o social. Es hora de sancionar éstos establecimientos. No podemos quedarnos callados ante el abuso. No seamos cómplices de estas actuaciones, no hay excusas que valgan para discriminar.
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