jueves, 9 de abril de 2009

Constitución y juventudes


Por: Guillermo Peña Capellán

En el proyecto de nueva constitución, el artículo 45 consagra que, los derechos de los niños, niñas y adolescentes prevalecen sobre los adultos; pero no hace mención alguna sobre los derechos de la juventud. Por ello, el Colectivo Latinoamericano de Jóvenes y Toy Jarto, pero creo en mi país; redactamos una propuesta de inclusión de los derechos de la juventud dominicana.

Hoy no podemos hablar de una sola juventud sino de juventudes, debido al carácter de diversidad e intereses en los y las jóvenes según su entorno.

Los jóvenes representamos aproximadamente el 38% de la población dominicana según la Oficina Nacional de Estadística (ONE), y en términos de participación política, entre 18 y 35 años somos el 56% de la población electoralmente activa.

Además, recordemos que el Congreso Nacional, en el año 2005 ratifico la Convención Iberoamericana de los Derechos de los Jóvenes, comprometiéndose a adoptar medidas de derecho interno para promover y legislar sobre estos derechos respecto a los jóvenes.

Exigimos que se reconozcan los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales de las y los jóvenes de nuestro país. Queremos que el Estado dominicano garantice el cumplimiento de una política de juventud integral, con un enfoque de género y derechos humanos.

Por otro lado, reclamamos que el requisito de edad para ser Presidente de la República se quede como estaba redactado en la constitución vigente. No entendemos cual es el propósito de aumentar el requisito de 30 a 35 años de edad.

Nuestros legisladores tienes la propuesta en sus manos. Esperamos que la consideren. La juventud dominicana estará atenta.

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